Sistema para la Detección de Intrusión

Sevitas Security dispone de una gama muy extensa de productos para la detección de intrusos, no sólo los simples detectores volumétricos que suelen instalar otras compañías, sino que existen otros detectores de intrusión como pueden ser los sensores por temperatura, las barreras infrarrojas, los detectores por presión (emiten la señal de alarma al pisar el suelo), detectores acústicos o de ultrasonidos y detectores microfónicos.

Cabe señalar los pulsadores antiatraco, que son aparatos que permiten la pulsación de un botón para transmitir, únicamente, a la central receptora de alarmas una situación de atraco o posterior a éste. Se ubicarán en lugares ocultos y que permitan una activación discreta.

Evidentemente nunca se vinculará la activación de estos pulsadores de alarmas a sistemas de bloqueo o alarma sonora local ya que podrían incitar a comportamientos violentos en los delincuentes y agresiones a clientes o empleados. Los pulsadores antiatraco u otros medios de accionamiento del sistema de alarma, que estarán instalados en lugares estratégicos, deberán disponerse obligatoriamente en:

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Establecimientos de joyería y platería, así como en aquellos otros en los que se fabriquen o exhiban objetos de tal industria.

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Las galerías de arte, tiendas de antigüedades y establecimientos que se dediquen habitualmente a la exhibición o subasta de objetos de joyería o platería, así como de antigüedades u obras de arte, cuyas obras u objetos superen en conjunto el valor que se determine.

Otro sistema son los detectores de rotura de vidrios que son dispositivos constituidos por un micrófono que emite la señal de alarma al captar el sonido específico de rotura de cristales.

Normalmente se colocan en las galerías de arte, tiendas de antigüedades y establecimientos que se dediquen habitualmente a la exhibición o subasta de objetos de joyería o platería, así como de antigüedades u obras de arte, cuyas obras u objetos superen en conjunto el valor que se determine, y en los establecimientos de joyería y platería, así como en aquellos otros en los que se fabriquen o exhiban objetos de tal industria, deberán instalarse, por empresas especializadas y, en su caso, autorizadas, dispositivos de protección electrónica de escaparates y ventanas.

En las estaciones de servicio y las Administraciones de Lotería y los Despachos Integrales de Apuestas Mutuas Deportivo-Benéficas, en los casos en los que el volumen económico, la ubicación de los establecimientos o, en general, su vulnerabilidad lo requiera, se podrá imponer la obligación a las empresas titulares de instalar dispositivos y sistemas de seguridad y protección.